Al contratar un seguro dental, servicio que nos permite estar cubiertos en casos de revisiones rutinarias tratamientos e intervenciones, es importante tener en cuenta si la cobertura tiene periodo de carencia. Se trata del plazo de tiempo que debe transcurrir entre el día en que entra en vigor el contrato entre las partes hasta el momento exacto en el que el asegurado tiene la posibilidad de disfrutar de todos los servicios que la póliza incluye. El objetivo de esta medida es evitar que el cliente se dé de baja tan pronto aproveche el servicio en cuestión.
Aunque esto cambia de acuerdo a la aseguradora y al plan que que se contrate, por lo general el período de privación es de 30 días. Éste podría romperse únicamente ante la aparición de una situación médica de urgencia, pero nunca con fines puramente estéticos.
No obstante, son varias las compañías que no poseen períodos de carencia. Al menos, para pruebas diagnósticas, ortodoncias, implantes, cirugía, periodoncia y prótesis; algunas de las principales acciones que se pueden realizar al contratar este tipo de seguros.
Por consiguiente, antes de contratar cualquier servicio es recomendable analizar la cobertura que ofrece cada compañía. De esta manera el cliente evitará desagradables sorpresas.