24 abril, 2024

Seguros de impago de alquiler: coberturas de defensa jurídica

Seguros de impago de alquiler

Los seguros de impago de alquiler son uno de los productos más demandados por los propietarios de viviendas para cubrirse ante el impago por parte de los inquilinos. A pesar de que la compensación de los gastos y perjuicios económicos derivados del impago de la renta es la garantía más relevante que ofrecen este tipo de seguros, y que de hecho otorgan el nombre al mismo, también existen otras coberturas principalmente centradas en la defensa jurídica del propietario.

De esta manera, los seguros de impago de alquiler se comprometen a defender los derechos del arrendador asegurado en vía judicial en todos los posibles conflictos que puedan surgir directamente relacionados con el contrato de arrendamiento. En caso de que se produzca el impago de alquiler por parte del inquilino, se garantiza al propietario el juicio de desahucio por falta de pago.

Entre las coberturas de defensa jurídica que ofrecen los seguros de impago de alquiler, también se garantiza la defensa de la responsabilidad penal del asegurado como arrendador del inmueble. Este aspecto cuenta con la excepción de aquellos casos en los que el asegurado haya realizado determinados hechos de forma voluntaria o dolosa, según sentencia judicial firme.

La aseguradora también garantiza la reclamación al arrendatario responsable por vía judicial de los daños que haya sufrido la vivienda o los bienes contenidos en ella.

Otro de los servicios que ofrecen los seguros de impago de alquiler al arrendador, es que cuando se produzca un siniestro y se inicie un proceso judicial, el asegurado podrá elegir libremente al abogado y al procurador que considere oportuno sin necesidad de someterse por obligación al equipo jurídico ofrecido por la aseguradora.  Por otro lado, sí que correrán a cargo del asegurado los gastos y honorarios por desplazamientos en caso de que los profesionales no residan en el lugar donde se produzca el procedimiento judicial. Aun así, se deben estudiar las condiciones de cada póliza, aunque el límite máximo de la factura que la aseguradora abonará al asegurado para este tipo de servicios suele rondar los 3.000 euros.

Por último, los seguros de impago de alquiler también suelen ofertar una cobertura mediante la cual la aseguradora pone a disposición del asegurado un abogado para que le informe telefónicamente sobre el alcance de sus derechos como arrendador en prevención de cualquier litigio, así como en la forma en la que mejor puede defenderse.

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María Pérez

Soy redactora en Mutuas y Seguros, un espacio donde apuesto por compartir las actividades de las compañías y sus buenas prácticas. Además, le pongo el foco a aquellos temas de impacto para los ciudadanos.

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