13 marzo, 2026

Mutuas colaboradoras ajustan sus planes preventivos para 2026 según nueva resolución del BOE

Mutuas colaboradoras ajustan sus planes preventivos para 2026 según nueva resolución del BOE

El Gobierno fija en un 0,7 % de los ingresos por cotizaciones el máximo destinado por las mutuas a prevención en empresas y autónomos, priorizando sectores con alta siniestralidad y colectivos vulnerables

Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social ya tienen nuevo marco para organizar sus planes de actividades preventivas en 2026. La Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones publicó el 9 de junio en el BOE la Resolución que establece los programas, prioridades y condiciones que deberán seguir estas entidades para planificar sus intervenciones en el ámbito de la prevención de riesgos laborales el próximo año.

Entre los puntos clave del documento, destaca la limitación del gasto: el importe total de las actividades no podrá superar el 0,7 % de los ingresos por cuotas de contingencias profesionales gestionadas por cada mutua en 2024. Esta cuantía se destinará exclusivamente a actuaciones recogidas en la resolución, con un claro enfoque en la reducción de la siniestralidad en pymes, sectores de especial peligrosidad y colectivos específicos como trabajadores vulnerables o autónomos.

Ejes prioritarios de intervención

La resolución identifica líneas concretas de actuación para 2026:

  • Diagnóstico de situaciones de alto riesgo en empresas mutualistas, especialmente aquellas con índices elevados de accidentes laborales.

  • Asesoramiento técnico directo a pequeñas y medianas empresas, mediante visitas, informes y propuestas de mejora de la seguridad laboral.

  • Campañas específicas sobre factores de riesgo como la exposición al amianto, los trastornos musculoesqueléticos, la seguridad vial laboral y la salud mental en el entorno de trabajo.

  • Fomento de la cultura preventiva en centros educativos y entre trabajadores autónomos, a través de herramientas divulgativas.

Además, se insta a las mutuas a incorporar la perspectiva de género, impulsar la accesibilidad de sus materiales y colaborar estrechamente con los Servicios de Prevención Ajenos (SPA).

Presentación, aprobación y control

El documento fija un plazo claro para la presentación de estos planes: entre el 16 y el 31 de diciembre de 2025. Cada propuesta será remitida a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), que evaluará y aprobará el contenido conforme a los criterios técnicos establecidos.

Una vez aprobado, el desarrollo del plan estará sujeto a controles y verificaciones. Las mutuas deberán:

  • Justificar documentalmente cada acción ejecutada.

  • Contar con el visto bueno de la Dirección de la mutua y del Ministerio.

  • Rendir cuentas mediante informes de ejecución detallados antes del 15 de marzo de 2027, incluyendo métricas de impacto y evaluación de resultados.

Recursos y documentación

Las mutuas colaboradoras tendrán acceso a herramientas técnicas elaboradas por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) y podrán colaborar con el propio organismo para ajustar sus campañas. Asimismo, podrán reutilizar materiales aprobados en ejercicios anteriores, siempre que se adecuen a los nuevos objetivos.

En cuanto al personal, las entidades deberán contar con profesionales con formación acreditada en prevención de riesgos laborales, que podrán formar parte de equipos multidisciplinares integrados por personal sanitario, técnico y jurídico.

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