
La llegada del verano coincide para numerosos trabajadores con el abono de una de las dos pagas extraordinarias habituales del año. Sin embargo, la fecha de cobro, la cantidad final y la forma de calcularla pueden variar según el convenio colectivo, el contrato y las circunstancias laborales de cada empleado.
Legálitas ha explicado que la paga extra de verano suele abonarse entre finales de junio y el mes de julio. No existe, sin embargo, una fecha única para todas las empresas. El momento concreto debe estar fijado en el convenio colectivo aplicable o en el acuerdo alcanzado entre el empresario y los representantes de los trabajadores.
La cuantía de esta gratificación también depende del convenio. Como referencia habitual, suele corresponder a 30 días de salario base. Los complementos salariales no se incluyen necesariamente, salvo que la regulación colectiva establezca expresamente lo contrario.
Los empleados contratados a tiempo parcial mantienen el derecho a recibir la paga extraordinaria. En estos casos, el importe se calcula de manera proporcional al tiempo trabajado durante el periodo en el que se genera, tomando como referencia el salario correspondiente a la jornada parcial realizada.
La antigüedad en la empresa también puede influir en la cantidad percibida. Cuando un trabajador lleva menos de seis meses en su puesto, debe comprobarse desde qué momento comienza a generar el derecho según el convenio. Si la paga se devenga durante seis meses y la persona solo ha trabajado tres, recibirá la mitad del importe completo.
En el caso de los trabajadores fijos discontinuos, la gratificación se calcula igualmente en proporción al tiempo trabajado dentro del periodo de devengo. No obstante, es frecuente que los convenios establezcan su prorrateo. Esto significa que el importe se distribuye entre las mensualidades ordinarias y no se cobra de una sola vez en verano.
Las bajas médicas no eliminan automáticamente el derecho a la paga extra, aunque pueden reducir su cuantía. El resultado dependerá del tipo de incapacidad, del convenio colectivo y de si la gratificación está prorrateada. Durante una incapacidad temporal, el empleado deja de percibir su salario habitual y pasa a recibir una prestación, que normalmente es inferior.
Como las pagas extraordinarias se generan en función de las cantidades cobradas durante el periodo correspondiente, una baja puede afectar al importe final. Cada situación debe analizarse teniendo en cuenta las condiciones previstas en la regulación aplicable.
Legálitas recuerda que el pago de estas gratificaciones está protegido legalmente. Cuando una empresa no abona la cantidad correspondiente o realiza un cálculo incorrecto, puede enfrentarse a reclamaciones de los trabajadores, sanciones y procedimientos judiciales.
Las personas jubiladas también suelen recibir pagas extraordinarias. La mayoría de las pensiones se distribuye en 14 abonos: doce mensualidades ordinarias y dos extraordinarias, que normalmente se pagan en junio y noviembre. Estas cantidades forman parte del importe anual de la pensión y no constituyen un complemento adicional.
