Las ayudas al alquiler, enmarcadas dentro del Plan Estatal de la Vivienda 2018-2021, están cofinanciadas por el Ministerio y la Generalitat y están agrupadas en dos programas. Se contempla una inversión 20 millones de euros (14.089.000 euros los aporta el Ministerio y la Generalitat 5.911.000 euros), de los que 13.450.000 euros se destinarán al programa de ayudas al alquiler y 6.550.000 euros se destinarán al específico de ayudas al alquiler para los jóvenes de la comunidad.
Estas ayudas alcanzan hasta un 40% del arrendamiento, con un máximo de 2.880 euros anuales y puede ser de hasta el 50% del alquiler si todos los miembros de la unidad de convivencia tienen más de 65 años.
Para la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, María José Salvador, se trata de «unas ayudas necesarias que cada vez benefician a más gente que tiene dificultades para pagar el alquiler y se prioriza a colectivos como las personas mayores de 65 años o los jóvenes de menos de 35 años, así como a las mujeres víctimas de violencia de género», entre otros sectores.
La tramitación podrá realizarse de forma telemática o presencial. Puede pedir cita previa a los servicios territoriales para que le ayuden a realizar el trámite. Asimismo, los ayuntamientos podrán ayudarle en la realización del trámite.
Por su lado, los ayuntamientos o mancomunidades podrán presentar solicitudes telemáticamente autorizados por las personas solicitantes. El plazo para la presentación de solicitudes se inició a mediados de febrero y finalizará el 8 de marzo, inclusive.
El programa de ayudas al alquiler de viviendas va dirigido a personas titulares de un contrato de arrendamiento y que la vivienda sea la residencia habitual y permanente, además los ingresos deben ser inferiores a tres, cuatro y cinco veces el IPREM dependiendo de los casos
Además, en estas ayudas tienen prioridad los afectados por desahucios, dación en pago o ejecución hipotecaria en los últimos diez años; familias monoparentales o numerosas, víctimas de terrorismo, mujeres víctimas de violencia de género, personas con diversidad funcional, personas con trastorno mental severo, jóvenes extutelados y unidades de convivencia afectadas por situaciones catastróficas.
De igual manera, «tienen preferencia las mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión, en especial cuando tengan hijos o hijas menores exclusivamente a su cargo, así como las unidades de convivencia en las que todas las personas se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones correspondientes», ha indicado Salvador.