16 octubre, 2026

Entra en vigor la reforma del Reglamento General de Circulación

Las nuevas reglas elevan la protección de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal e incorporan por primera vez un título específico sobre circulación urbana.

La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor este 1 de octubre con nuevas obligaciones para los usuarios de la vía y cambios específicos para bicicletas, motocicletas y vehículos de movilidad personal (VMP). El nuevo marco procede del Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, y tiene como uno de sus principales objetivos reforzar la protección de los denominados usuarios vulnerables.

Por primera vez, el Reglamento incorpora una definición formal de “usuario vulnerable de la vía”, que incluye a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de VMP, además de prestar especial atención a colectivos como menores, personas mayores o personas con discapacidad. La reforma incorpora también un nuevo Título VI dedicado específicamente a la circulación en vías urbanas.

Entre las novedades que afectan a los VMP se establece una edad mínima de 15 años para conducirlos, junto con la obligación de utilizar casco y chaleco reflectante durante la noche o en condiciones de escasa visibilidad. Para quienes utilizan estos vehículos con fines profesionales, el casco y el chaleco serán obligatorios en todo momento.

En el caso de las bicicletas, todos los ciclistas deberán utilizar casco en vías interurbanas, al eliminarse las excepciones existentes. Además, los vehículos que adelanten a un ciclista deberán reducir su velocidad al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite de la vía y, cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, cambiar completamente de carril y mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.

Los motoristas también afrontan nuevas obligaciones. El uso de guantes de protección pasa a ser obligatorio en vías interurbanas y el calzado deberá ser cerrado en cualquier tipo de vía. En determinadas situaciones de congestión, las motocicletas podrán circular por el arcén derecho, siempre que el tramo esté señalizado y no superen los 30 kilómetros por hora.

La reforma introduce además cambios para profesionales que utilizan estos vehículos, regula los carriles de emergencia y modifica determinadas normas relacionadas con el cinturón de seguridad y la circulación en condiciones meteorológicas adversas.

No todas las medidas entran en vigor al mismo tiempo. La obligación de mantener encendido el alumbrado de los VMP durante el día se aplicará desde el 1 de octubre de 2027, al igual que la exigencia de casco homologado para usuarios de ciclomotores. La obligación relativa a los guantes homologados para motoristas quedará pendiente de la orden ministerial que establezca sus especificaciones técnicas.

Para el sector asegurador, el cambio normativo afecta a un escenario de movilidad cada vez más diversificado, en el que conviven vehículos tradicionales con bicicletas, VMP y nuevos modelos de desplazamiento. La aplicación práctica de las nuevas reglas tendrá relevancia para la gestión de accidentes, responsabilidad y siniestralidad, aunque la reforma del Reglamento no supone por sí misma la creación de una nueva póliza de seguro.

Beatriz Merino

Somos el equipo de redacción del Portal Mutuas y Seguros. Las actuaciones de las empresas del sector impactan a nuestros lectores y aquí compartimos todos los puntos de vista.

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